
¿QUÉ ES LA LEY DEL MONO?
Es un procedimiento sismplificado que permite la regularización de:
1. Viviendas de hasta 90 y 140m2 con un máximo de 1000 y 2000 UF, respectivamente.
2. Edificaciones destinadas a Microempresas Inofensivas o Equipamiento Social, con un máximo de superficie de 250 y 400m2, respectivamente.
3.Viviendas financiadas con subsidios para atender la catástrofe del 27 de febrero de 2010.
¿QUÉ BENEFICIOS POSEE LA LEY 20.898?
Los beneficios de esta ley son los siguientes:
- Simplificación en trámite en Dirección de Obra Municipal
- Permiso y recepción simultánea de la propiedad.
- En el caso de las viviendas de 90 hasta 140m2 existe una rebaja de los derechos municipales, pudiendo pagar sólo entre un 25 o 50% de éstos. En algunos casos como la tercera edad o discapacidad se estará exento de pago.
- Las viviendas financiadas con subsidios para atender la catástrofe del 27/02/2020 están exentas de derechos municipales.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA ACOGERSE A ESTA LEY?
- Haber sido construida antes de la fecha de publicación de esta ley (04.02.2016) y adjuntar informe demostrándolo, considerándose como tales cualquier medio gráfico o documental, por ejemplo , planos aprobados, cuentas de servicios, certificados de contribuciones, catastros municipales o de otros organismos públicos o antecedentes de similar naturaleza.
- No estar emplazadas en áreas de riesgo o protección, en terrenos declarados de utilidad pública o en bienes nacionales de uso público.
- Certificado de Avalúo Detallado otorgado por el Servicio de Impuestos Internos.
- No tener, a la fecha de ingreso de la solicitud de regularización, reclamaciones escritas pendientes por incumplimiento de normas urbanísticas ante la dirección de obras municipales o el juzgado de policía local respectiv
- No deben poseer recpción final previa.
- Cumplir con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad y de instalaciones.
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